Campaña sobre obligatoriedad y tipología de los carteles en los locales de ocio, entretenimiento y espectáculos
La Federación de Turismo y Ocio de la Comunidad Valenciana (FOTUR) con la que la FVMP mantiene vigente un convenio de colaboración, ha iniciado la campaña sobre obligatoriedad y tipología de los carteles en los locales de ocio , entretenimiento y espectáculos dirigida a los propietarios / gestores de establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos Públicos (salas de fiestas, discotecas, salas de baile, pubs, cafés-teatro, cafés-concierto, cafés-cantantes, y salones de banquetes), que deberán de contar con licencia de apertura o documento equivalente de acuerdo con lo previsto en la Ley 14/2010.
La Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública ORDEN 5/2023, de 8 de mayo, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se regula la obligatoriedad y tipología de carteles informativos para locales de ocio.
Tendrán la obligación de tener expuesto el cartel de actividad los establecimientos públicos referidos en el epígrafe 2.7 del catálogo del anexo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Para mas información sobre los requisitos por los que se regula la obligatoriedad y tipología de carteles informativos para locales de ocio y Salones de Banquetes, visitar el siguiente enlace.